Google y Facebook: los administradores no son responsables de los contenidos de los usuarios

Artículo
28 Febrero 2019

En el alto tribunal se adelanta una audiencia sobre los límites de la libertad de expresión en redes sociales. ¿Qué se puede denunciar en Facebook? ¿Existe un derecho a insultar? Estas son solo algunas de las preguntas a resolver.

En manos de la Corte Constitucional se encuentra un debate crucial para el uso del internet: los límites de la libertad de expresión y de opinión en redes sociales. Ante el incremento de las disputas entre particulares por comentarios que se hacen en plataformas como Facebook, el alto tribunal citó a una audiencia pública este jueves. ¿Es válido denunciar delitos a través de redes sociales? ¿Cuál es el límite para manifestar ideas u opiniones? ¿Cómo se ejerce el control sobre una plataforma digital? Estas son algunas de las preguntas que se plantearon para esta diligencia.

El caso llegó por una serie de tutelas que presentaron personas que se sintieron difamadas por publicaciones de terceros en Facebook. En la audiencia, el representante por Google LLC, el abogado Lorenzo Villegas Carrasquilla señaló qué que el rol que se asigne a los administradores de plataformas digitales será crucial para garantizar la libertad de expresión. "Google no ejerce ningún control", dijo al indicar que los responsables de estas plataformas no son responsables por la información que crean los usuarios.

"Google no crea ni edita el contenido ni ejerce ningún control previo sobre el mismo, Google se limita a proveer plataformas y herramientas tecnológicas para que los usuarios creen su contenido, lo compartan o puedan acceder al contenido de otros usuarios. Los administradores no deben ser responsables de los contenidos que hacen terceros, dijo Villegas. 

"Cambiar la regla de no responsabilidad de los proveedores de internet por los contenidos creados por terceros podría tener efectos negativos sobre la libertad de expresión", agregó. Para Google no es factible determinar si todo contenido público es difamatorio o veraz, señaló el jurista al indicar que el control sobre cada caso le corresponde a un juez de la República. Además, enfatizó que dejar en sus manos este control iría en contravía a la neutralidad en la red.

Villegas indicó que para Google no es posible tampoco hacer un control en tiempo real de los contenidos en plataformas. Y señaló que los contenidos anónimos tienen una protección constitucional que no debe cambiar, ya que a las plataformas digitales no son responsables de los mismos. "Google no hace ni puede hacer una verificación previa de los datos de quien crea una cuenta", dijo. Villegas defendió la posibilidad de que haya cuentas anónimas, ya que de esta manera se han podido denunciar hechos graves en contextos políticos complicados como la Primavera Árabe. "Le pedimos a la Corte que abogue por un internet libre", dijo.Luis Alfredo Barragán en representación de Facebook, Inc, dijo que es importante que esa red sea un lugar confiable para la ciudadanía y que por eso está claro y definido qué se puede publicar y qué no en sus políticas. Además, dijo que no es responsable de lo que cada quién publique y aseguró que "un intermediario como Facebook no debe ser quien determine la verdad". 

"Una orden de remover todo contenido que ofende a una persona puede afectar la libertad de expresión", dijo Barragán al indicar que este tipo de órdenes deben ir dirigidas a los usuarios y no a las plataformas.  "Se debe identificar de manera precisa el contenido que debe ser removido (…) la orden no debe extenderse más allá del contenido específico pues se caería en monitoreo proactivo, el cual puede desconocer la libertad de expresión", agregó.

El procurador General, Fernando Carrillo, señaló que lo está en juego es la ampliación de la democracia y delimitar las afectaciones que se pueden producir. “Hay cosas impensables como que el mayor medio de comunicación del mundo Facebook no produce contenidos. Es el juez por lo pronto en sede tutela el que debe determinar si hay una transgresión a los derechos de terceros”, dijo. Para Carrillo, "otro de los desafíos en cómo el poder de la tecnología ha aumentado sobre todo en recopilación de datos”, agregó.

El fiscal general, Néstor Humberto Martínez, señaló que la libertad de expresión tiene un límite en derechos a la honra y al buen nombre, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional. “Las redes no pueden servir como apología al delito ni para delinquir”, dijo. No obstante, para Martínez no debe haber una criminalización de los excesos. “La respuesta penal debería ser penal”, agregó.

Martínez indicó que en redes sociales se han presentado casos en los que se altera la voz de una persona, lo cual sería injuria. O bien, casos de calumnia en los cuales se señala a una persona de cometer un delito. El fiscal indicó que puede haber un delito cuando se crean cuentas Twitter que suplantan a una persona y que buscan dañar, o cuando se usa las redes para instigar a delinquir. “Tenemos abiertas investigaciones penales por este concepto”, dijo.

Ver artículo original