*Esta noticia fue publicada originalmente por El Comercio
A través de la Resolución Nro. 00109 -2020-JEE-LIC1/JNE, se consideró subsanada la observación referida a la ausencia de la firma de tres de los cinco miembros que integran el Comité Electoral Nacional (CENA).
“La organización política refiere que el Acta de Elecciones Internas, de fecha 15 de diciembre de 2020, cuenta con la firma digital de dos de sus miembros, Rodolfo Román Alva Córdova y Magaly Rosas Arbildo, quienes, a decir del último párrafo de la citada acta, en aquella ocasión actuaron como Presidente y Secretaria del CENA, en atención a que la reunión realizada fue vía virtual, por lo que se produjo la suscripción con firma digital”, señaló.
Por dicho motivo, el pasado 28 de diciembre dicho órgano electoral había declarado inadmisible la solicitud de inscripción de la fórmula presidencial del Frente Amplio y le otorgó dos días de plazo para subsanar las observaciones.
“Habiéndose subsanado las observaciones advertidas, es de verse que la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por la organización política El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad, cumple con los requisitos formales de admisibilidad y procedibilidad previstos en los artículos 31° al 33°del Reglamento y las demás disposiciones electorales antes citadas, por lo que corresponde admitir a trámite la citada solicitud de inscripción”, dice el documento.