*Esta noticia fue originalmente publicada por la Cámara de Diputados de Brasil
Según el texto de la ponente, la Sra. Margarete Coelho (PP-PI), las cuentas deben ser examinadas, como máximo, en tres años, bajo pena de extinción del proceso, pero la unidad técnica de la Justicia Electoral tendrá 180 días para señalar los problemas. Después de este plazo, las cuentas se considerarán aprobadas.
Estos órganos técnicos de los tribunales deben examinar únicamente la información sobre la existencia de donaciones prohibidas o de origen no identificado; la correcta transferencia de las cuotas de participación de las mujeres y de las fundaciones de los partidos; la regularidad del CNPJ; el exceso o mal uso de los recursos del Fondo Partidario en los gastos de personal, y la aplicación de los recursos de este fondo en las situaciones definidas en el código.
Si un error formal identificado es corregido por el partido, las cuentas serán declaradas aprobadas. Si el ponente no considera que se trata de un error formal y, tras ser notificado, no se corrige la irregularidad, se abrirá un procedimiento administrativo.
Si las cuentas se consideran no aprobadas después de la defensa del partido, se aplicará una multa de R$ 2.000 a R$ 30.000, sin perjuicio, "en caso de gravedad", de la devolución de los valores irregulares. La multa y el posible importe a devolver pueden dividirse, según las normas vigentes, en 60 meses con un límite mensual del 2% de las transferencias de fondos.
Reservas
En todos los casos, se considerará aprobada con reservas la provisión de cuentas que tengan fallas calculadas hasta el 20% del total recibido del Fondo Partidario en el año respectivo.
Gastos
El texto exime de la prueba de rendición de cuentas la disposición de bienes muebles cedidos hasta 4 mil dólares por persona; las donaciones de dinero entre candidatos o partidos derivadas del uso común de sedes y materiales de propaganda electoral, y la cesión de vehículos propiedad del candidato, su cónyuge y sus familiares hasta el tercer grado para su uso personal durante la campaña.
Fondo Partidario
Sobre los recursos del Fondo Partidario, el texto mantiene los tipos de gastos actualmente permitidos por la ley, añadiendo los gastos con viajes aéreos, ya sea por billetes de avión, coches de alquiler, consultoría sobre protección de datos, y otros gastos de interés partidario, según lo deliberado por la ejecutiva del partido político.
Fondo electoral
Los recursos del Fondo Especial para la Financiación de Campañas (FEFC), cuyo monto para el próximo año está aún pendiente de definición, se distribuirán en porcentajes iguales a los definidos actualmente, que tienen en cuenta principalmente el número de representantes electos en la Cámara de Representantes y el Senado.
Registro de partidos políticos
Según el texto aprobado, los criterios para el registro de los partidos son más estrictos. En lugar de obtener el apoyo de los votantes en un número equivalente al 0,5% de los votos válidos en las últimas elecciones a la Cámara de Diputados, el partido debe obtener el 1,5%.
Encuestas electorales
El nuevo Código Electoral incluye reglas diferentes para la realización, divulgación y acceso a los datos de la investigación electoral, pero reproduce la mayoría de las reglas de la Resolución 23.600/19, del Tribunal Superior Electoral (TSE).