Tribunal Constitucional del Perú: la admisión en debate

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29 Octubre 2019

Sesión. El pleno del TC analizará si admite a trámite la demanda competencial de Pedro Olaechea contra el Ejecutivo. El magistrado designado para el caso, Carlos Ramos, propondría que se acepte.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC), integrado por sus siete magistrados, definirá esta mañana si admite a trámite o no la demanda competencial que presentó —a nombre del Congreso de la República— el presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, contra el Poder Ejecutivo por la disolución del Parlamento.

Según fuentes, el magistrado Carlos Ramos Núñez —ponente de la causa— propondrá que el trámite de la demanda se declare admisible. Esto no implica que la demanda sea amparada, sino que deberá seguir su trámite al interior del TC.

Como se recuerda, el pasado 30 de setiembre, el presidente Martín Vizcarra disolvió el Congreso argumentando que este poder del Estado le negó de manera fáctica la cuestión de confianza al entonces primer ministro, Salvador del Solar.

“Es probable que mañana mismo [hoy] tengamos la decisión adoptada”, dijo el presidente del TC, Ernesto Blume, en declaraciones a la prensa.

Junto a Blume y Ramos, integran el pleno Manuel Miranda (vicepresidente), José Luis Sardón, Marianella Ledesma, Eloy Espinosa-Saldaña y Augusto Ferrero.

—Propone que se admita—

Fuentes del Tribunal Constitucional explicaron que el magistrado Carlos Ramos tiene previsto presentar un solo auto de calificación de la demanda. En este propondrá que la demanda competencial se admita a trámite y que se rechace la medida cautelar que también presentó Olaechea para suspender los efectos de la disolución del Congreso.

La admisibilidad de la demanda se fundamentaría en el principio ‘pro actione’. Este se encuentra estipulado en el artículo 45º del Código Procesal Constitucional, según el cual, en caso de duda, se preferirá dar trámite a la demanda de amparo. O, en este caso, a la demanda competencial.

Otra fuente del TC se mostró de acuerdo con la admisibilidad de la demanda competencial, argumentando que debería favorecerse un recurso de esta naturaleza “aunque se dude de la titularidad del demandante”.

Finalmente, otro integrante del pleno explicó que, si bien en su opinión existen muchas razones para declarar improcedente la demanda, se debe privilegiar otros valores constitucionales y admitirla a trámite a fin de escuchar a las partes en una audiencia pública.

Aclararon que la admisión no significa que se le dé la razón al demandante, sino que “se abrirá una discusión sobre el tema” y más adelante el TC pueda “fijar una posición sobre la cuestión de confianza”.

Por tanto, de no haber mayor inconveniente, la demanda competencial sería declarada admisible por mayoría —incluso por unanimidad— de ser el caso. Otro sería el debate sobre la medida cautelar.

Especialistas opinan que el recurso debe ser tramitado

Especialistas coincidieron en que el Tribunal Constitucional debe admitir a trámite la demanda de Pedro Olaechea contra la disolución del Congreso.

Óscar Urviola, expresidente del TC, sostuvo que declarar improcedente la demanda por considerar que Olaechea no estaba facultado para presentar el recurso sería “evidentemente formalista”, en tanto la regla en los procesos constitucionales es que “una forma no puede estar por encima de la cuestión de fondo”.

El profesor de Derecho Constitucional Raúl Ferrero opinó que es preferible que el TC admita la demanda para que, de ese modo, podamos conocer la opinión del máximo intérprete de la Constitución acerca de los hechos suscitados de la crisis política. Según el especialista, la decisión servirá también para dilucidar los alcances de la Comisión Permanente.

Francisco Eguiguren, abogado constitucionalista, consideró que la disolución del Congreso es constitucional y que Olaechea, en calidad de titular de la Comisión Permanente, no tiene la facultad para presentar una demanda de competencia ante el TC. Sin embargo, el especialista cree que si bien existen razones formales para declarar improcedente el recurso, “por la relevancia del tema, es políticamente preferible para el país que el TC apruebe la admisión y le dé trámite”.

Por otro lado, Eguiguren y Ferrero consideraron que la medida cautelar debe ser declarada infundada. Mientras que Urviola sostuvo que el máximo órgano constitucional podría considerar que declarar nula la disolución del Congreso afectaría el proceso electoral en curso.

Los tres coincidieron en que el TC debe pronunciarse lo más pronto posible sobre el fondo de la demanda. No obstante, estimaron que ello podría tardar entre dos meses y dos meses y medio.

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