Cuestión de Confianza: Esto es lo que dicen los proyectos presentados por el Ejecutivo

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05 Junio 2019

El Ejecutivo a través del premier Salvador del Solar, presentó al Congreso seis proyectos de reforma política que estipulan modificaciones, entre otras, en la inmunidad parlamentaria y en el financiamiento de los partidos políticos.
Luego de ser suspendido ayer el debate por la cuestión de confianza en el Congreso de la República por el presidente del Legislativo, Daniel Salaverry, este miércoles 5 de junio los parlamentarios retomaron la discusión sobre el pedido del Ejecutivo, que apeló al Parlamento para llevar a buen término los seis proyectos de la reforma política que impulsa el Gobierno del presidente Martín Vizcarra.

Sin embargo, ¿qué es lo que dicen específicamente los proyectos del Ejecutivo? Aquí un repaso sobre las 6 propuestas llevadas ayer por el premier Salvador del Solar al Pleno.

La reforma política: seis proyectos
Ayer durante su presentación en el Congreso, el premier Salvador Del Solar acotó a los legisladores que el Ejecutivo solo pide al Pleno mantener la “esencia” de los proyectos de la reforma política que impulsa el Gobierno.

En ese sentido, es preciso indicar que los dispositivos legales interpuestos en la cuestión de confianza —que plantean una reforma constitucional— son los proyectos de ley 4186, 4187, 4188, 4189, 4190 y 4416.

Por orden numérico, el proyecto de ley 4186 estipula una modificación en la Ley Orgánica de Elecciones respecto al Sistema Electoral Nacional, para que se elimine así el voto preferencial.

De acuerdo a las palabras del premier Salvador Del Solar, la opinión del Ejecutivo respecto a ese mecanismo es que ha debilitado a los partidos políticos distorsionando las campañas políticas y favoreciendo el ingreso de fondos de dudosa procedencia.

Además, este proyecto considera la “alternancia y paridad de género en la composición” de las listas que postulen al Congreso de la República.

En segundo lugar, el proyecto 4187 propone un cambio en la Ley de Organizaciones Políticas para que se realicen elecciones internas abiertas con la participación de la ONPE en los partidos para designar a los candidatos a la Presidencia de la República, al Congreso, a los Gobiernos Regionales y a las Alcaldías Provinciales y Distritales.

Asimismo, este proyecto considera que la designación de los candidatos invitados —solo el 20% del total— se debe determinar “antes de la realización de las elecciones internas"

En tanto al proyecto 4188, este modifica la Ley de Organizaciones Políticas, la Ley de Elecciones Regionales y la Ley Orgánica de Elecciones sobre la inscripción y la cancelación de partidos políticos y organizaciones políticas regionales.

En ese sentido, su esencia establece que para inscribir una organización política, el número mínimo de afiliados y ya no adherentes debe ser de 14 mil ciudadanos, quienes deben residir en más de una circunscripción electoral y estar incluidos en un padrón público.

Respecto a la cancelación de la inscripción de las organizaciones políticas, el proyecto plantea que esta debe ser retirada si no se logra convocar un mínimo número de ciudadanos que participen en sus elecciones internas, cifra que fue establecida en unos 280 mil ciudadanos.

El proyecto 4189, por su parte, modifica e incorpora diversos artículos al Título VI de la Ley de Organizaciones Políticas y de la Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional, e incorpora artículos en el Código Penal referidos al financiamiento de organizaciones políticas.

En ese sentido, propone la tipificación como delitos el financiamiento indebido de organizaciones políticas y de falseamiento de información sobre aportaciones, ingresos y gastos de organizaciones políticas.

El proyecto 4190, por otro lado, establece impedimentos para que condenados en primera instancia por delitos dolosos con pena privativa de la libertad mayor de cuatro años, no puedan postular a cargos públicos.

Finalmente, el proyecto 4416 propone una modificación para que el levantamiento de la inmunidad parlamentaria no sea ya prerrogativa del Congreso de la República y que, por el contrario, pase a ser atribución de un órgano autónomo.

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