En la Corte Constitucional se define el juicio político de Glas

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18 Diciembre 2017

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó el domingo, 17 de diciembre del 2017, el pedido de la oposición de enjuiciar políticamente al vicepresidente Jorge Glas, 49 días después de que fue presentado por el asambleísta Roberto Gómez (Creo). Sin embargo, según indicó el legislador Luis Fernando Torres (PSC-Cambio), una vez que el Segundo Mandatario pierda su cargo, a partir del 2 de enero del 2018, el proceso quedará sin efecto. En esa fecha, el Vicepresidente cumplirá tres meses de ausencia temporal en sus funciones, dando paso a que se consume el abandono del cargo. Tras lo cual deberá ser reemplazado, después de que la Corte Constitucional (CC) compruebe que ha transcurrido dicho tiempo desde que ingresó a prisión preventiva. Es justamente este mismo organismo al que se enviará el expediente sobre el enjuiciamiento político. José Serrano, presidente de la Asamblea Nacional, confirmó que dispuso a la Secretaría General que prepare los documentos y los remita a la CC la mañana del lunes, 18 de diciembre.  Una vez admitido a trámite el proceso de juicio político, la Corte debe emitir un dictamen de admisibilidad. Es decir, que certifique que sí hay indicios de que el Vicepresidente está inmerso en una de las tres causales consti­tucionales para ser enjuiciado políticamente. Este caso recae en la segunda causal, establecida en la Constitución: por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.

 

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