"No puede haber presencia de militantes de partidos en las mesas de votación" TSE

Artículo
20 Noviembre 2017

El Tribunal Supremo Electoral descartó habilitar a delegados de partidos políticos a las mesas de sufragio para el escrutinio en las elecciones judiciales del próximo 3 de diciembre, en cumplimiento del parágrafo III del artículo 151 de la Ley del Régimen Electoral.

Esa fue su respuesta a una solicitud de la bancada opositora de Unidad Demócrata, que solicitó al Tribunal tomar acciones para garantizar el equilibrio y transparencia en el proceso de elecciones de las altas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional.

Aclara a ese partido, que por mandato del Reglamento para esos comicios, se establece que los destinatarios de las actas electorales son: el auxiliar encargado de la transmisión rápida de actas, el coordinador, el notario electoral o el presidente de mesa.

Asimismo señala que las imágenes de todas las actas serán públicas en la página web del Órgano Supremo Electoral cuyo acceso será libre e irrestricto a toda la ciudadanía.

El Tribunal informa que actualmente cumple una estrategia de información y comunicación pública para promover la participación ciudadana informada en el proceso electoral que incluye tres tipos de votación, según la nota difundida por la bancada de ese partido.

El secretario nacional de Organización de los Demócratas, Gonzalo Barrientos, calificó de “cantinflesca la respuesta”, porque como partido jamás pidieron participar con delegados en las distintas mesas y lamentó que los vocales no hayan leído bien ni la Sala Plena entendido el alcance de la nota enviada.

Ver artículo original