El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aclaró en un comunicado que los militantes que no participen de las elecciones primarias están plenamente habilitados para las elecciones generales de octubre del próximo año.
“El registro y voto de militantes de las organizaciones políticas no son obligatorios conforme a la ley 1096, por lo tanto no se emitirá ningún certificado de sufragio ni se considera ninguna sanción para aquellas personas que no hubieran participado en esta elección”, señala el comunicado que surgió a raíz de posts en redes sociales que señalaban que quien no votaba en las primarias no podía hacerlo en las generales y que no podría realizar transacciones bancarias, como ocurre tras procesos electorales.
El proceso para participar de las primarias es opcional. Aunque se aclara que solo la militancia inscrita podrá participar en el día de la elección y elegir a sus candidatos.
El vocal del Tribunal Supremo Electoral, Antonio Costas, aclaró ayer: “El único requisito para participar en procesos electorales nacionales, departamentales, regionales y municipales es que estén inscritos en el Padrón Electoral Biométrico, por lo que el registro o no de una persona como militante de una determinada organización política no afecta a su participación”.
Si es que una ciudadana o ciudadano está inscrito en el padrón de militantes de más de un partido o agrupación, será habilitado para votar únicamente en el padrón de militancia de su último registro (es decir, en el último partido en el que te inscribiste). Los registros anteriores podrán ser anulados a solicitud de la persona.
Se aclaró también que el tráfico vehicular será normal el 27 de enero, día de las primarias; tampoco habrá cierre de mercados.
Este comunicado fue el único que el TSE emitió durante la jornada de ayer, pese a sostener una larga Sala Plena de más de 10 horas.