TSE advierte que devolverá las listas que incumplan paridad y alternancia

Artículo
06 Febrero 2020

Las alianzas y partidos políticos que incumplan la disposición obligatoria de paridad y alternancia en las listas de candidaturas corren el riesgo de que sus nóminas no sean admitidas. Ayer, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) inició la verificación de los requisitos de los candidatos y control de paridad y alternancia de género y que se prolongará hasta el domingo 9 de febrero.

“A partir de ese momento se inicia la fase de revisión, en ellas está el análisis del cumplimiento de la paridad y alternancia de género de las candidaturas. En todos los casos, las organizaciones políticas que no hayan cumplido van a ser observadas por el TSE y tendrán un lapso corto para subsanar estas listas y que cumplan con el lineamiento de paridad y alternancia definidos por la ley y los reglamentos del TSE”, informó a Los Tiempos el presidente de la entidad electoral, Salvador Romero.

De acuerdo con la normativa nacional, tres leyes (018, 026 y 522) establecen criterios de paridad y alternancia que tienen que ser cumplidos en las listas de candidaturas.

La Ley 026 del Régimen Electoral, que en su artículo 11, señala la equivalencia de condiciones (mujer-hombre, hombre-mujer, así sucesivamente) y, en su artículo 107, indica de manera tácita que las listas de candidaturas deben cumplir obligatoriamente los criterios de paridad y alternancia, y el incumplimiento de esta disposición dará lugar a la no admisión de la lista completa de candidaturas.

El calendario electoral establece que la notificación del TSE respecto a las observaciones a la lista de candidaturas será del lunes 10 de febrero hasta el martes 11 de febrero.

La Ley 018 del Órgano Electoral, en su artículo 8, señala la aplicación obligatoria de la paridad y alternancia en la elección y designación de todas las autoridades y representantes del Estado; en la elección interna de las dirigencias y candidaturas y en la elección de las naciones y pueblos indígenas.

En cuanto a las candidaturas para diputados supranacionales, la Ley 522 indica que, por mandato constitucional, la elección directa de representantes ante organismos parlamentarios supraestatales, respetará y garantizará la equidad de género y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Piden cumplir paridad

El tema de la conformación de las nóminas no es suficientemente asumido por las organizaciones políticas, pues anteriormente se realizaron acciones para reducir la participación de las mujeres, afirmó Alfonso Ferrufino de IDEA Internacional.

“Éste es un trabajo que lo tiene que cumplir, lo tiene que hacer el TSE. Está en su competencia, pero el trabajo que están realizando las mujeres (sobre paridad y alternancia) es absolutamente indispensable”, señaló.Mónica Novillo, de la Coordinadora de la Mujer, demandó al TSE aclarar y subsanar a la brevedad posible este incumplimiento.

No sabemos si las organizaciones políticas han incumplido por desconocimiento de la normativa, por dificultades en el manejo del sistema, por conflictos al interior de sus organizaciones o, tal vez, por falta de compromiso con los derechos de las mujeres”, indicó.

 

INCUMPLIMIENTO EN TODOS LOS CARGOS

El análisis realizado por la campaña #Protagonistas: Paridad, Poder, Juventudes sobre paridad y alternancia se desarrolló con base a 59 indicadores.

En el caso de las senadurías, cinco de las ocho organizaciones políticas cumplieron con el 100%. En el caso de las diputaciones plurinominales, cuatro organizaciones políticas cumplieron al 100% .

En las diputaciones uninominales, solamente dos organizaciones políticas cumplieron con el 100%.

Respecto a las diputaciones indígenas, cuatro fueron las organizaciones políticas que cumplieron el 100%.

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